Hace unos meses, en entrevista con Colprensa, el presidente de la JEP, Roberto Vidal, aseguró que en el primer semestre del 2023, comenzarían a operar las primeras sanciones impuestas por la JEP por crímenes cometidos en el marco del conflicto armado.
Y en efecto, al terminar este año, ya han sido aprobados dos proyectos de sanciones sobre los que en los próximos meses deberá pronunciarse el Tribunal para la Paz, que también hace parte de la JEP. Si el tribunal acepta el proyecto de sanciones propuesto, estas podrían empezar a imponerse de inmediato.
Los dos casos que ya se encuentran en este estado son el denominado 01, que tiene relación con secuestro, toma de rehenes, privaciones de la libertad, y otros graves crímenes relacionados con estas conductas, en el cual los exmiembros del secretariado de las Farc, Rodrigo Londoño ‘Timochenko’, Julián Gallo, Pablo Catatumbo, Jaime Parra, Milton de Jesús Toncel y Pastor Alape, podrían pagar una condena de ocho años de privación efectiva de la libertad por sus crímenes, y Rodrigo Granda, quien no tuvo unidades bajo su mando, podría pagar hasta cinco años.
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Y el segundo es parte del caso 03, relacionado con ejecuciones extrajudiciales, conocidas como 'falsos positivos', cometidas en el batallón de la Popa, por el cual 12 exmiembros de la Fuerza Pública, incluidos el mayor retirado Guillermo Gutiérrez Riveros, el teniente coronel retirado Heber Hernán Gómez Naranjo, el sargento primero retirado Efraín Andrade Perea, el sargento primero retirado Manuel Valentín Padilla Espitia, y el teniente retirado Carlos Andrés Lora Cabrales, podrían pagar una condena que no consistiría en privación de la libertad, pero sí en una restricción de sus derechos y libertades.
*¿En que consisten las sanciones propias que impondrá la JEP?*
Si el Tribunal para la Paz aprueba los proyectos de sanción impuestos, se impondrán en Colombia por primera vez unos castigos que más que un fin punitivo tienen un propósito restaurativo. Es decir, su prioridad no es mantener recluido al autor del delito sino buscar que este contribuya con algunas acciones a reparar el daño que ha hecho.
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Para el caso de los exmiembros del secretariado de las FARC, estas sanciones consistirán entre otras en trabajos relacionados con el desminado humanitario, la búsqueda de personas dadas por desaparecidas, la restauración ambiental del páramo de Sumapaz, y actividades de dignificación de la memoria de las víctimas.
En el caso de las minas, estas acciones pueden consistir tanto en la búsqueda como en la sensibilización de las comunidades sobre la presencia de estos artefactos; en la búsqueda de personas dadas por desaparecidas, de lo que se trata es de aprovechar el conocimiento que puedan tener los excomandantes guerrilleros sobre el paradero de quienes mantuvieron en cautiverio, y la dignificación de las víctimas incluye la publicación de un libro construido conjuntamente con las víctimas, cursos sobre el conflicto armado y los daños ocasionados y un monumento que recuerde a las personas que fueron secuestradas por el grupo guerrillero.
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En el caso del batallón de La Popa, serían cuatro las sanciones que se impondrían a los exmiembros de la fuerza pública condenados: la realización de actividades encaminadas a reestablecer el buen nombre de las Víctimas en la Región, en especial de las comunidades indígenas Wiwa y Kankuama, que fueron duramente afectadas por estos crímenes; la adecuación de un espacio museológico para la construcción de memoria; acciones de reforestación y de recuperación de cuencas hídricas, y la participación en escenarios ancestrales de memoria que consideren pertinentes las autoridades espirituales de los pueblos indígenas Wiwa y Kankuamo.
Más allá de lo que implica empezar a ver de manera efectiva las primeras sanciones impuestas por esta jurisdicción, las sanciones propias de la JEP serán muy significativas porque implican una concepción distinta de las penas no orientadas al castigo como tal sino a restaurar el daño cometido.
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