Ante la escandola que el tecnólogo de obras civiles Arias Ibarra le montó al Señor alcalde,uno revisa la Ley 1475 de 2011 y sus reformas y lo primero que se viene al magín, es cómoubicar a Evera la luz del artículo16.
Ever Javier ¿Es afiliado al partido azul, al rojo o al ocre? ¿Es Contribuyente? ¿Es donante? ¿Es Prestamista? ¿O un simple particular? o ¿Es heredero de gran fortuna? o¿ganó un pleito multimillonario al Estado?
Luego se revisa la multiforme caligrafía del girador de la letra de cambio, por la bobada de mil quinientos millones de pesosen el “esqueleto” del título valor yse concluye que ni es uniprocedente, ni uniforme, ni expresa, ni clara, ni exigible.Manes de nuestros mamadores de gallo cucuteños, tan aparentadores.
Y es que es cierto.Persona natural cucuteña que declare utilidades transparentes superiores a dos mil millones de pesos desde el inicio la pandemia (12 de marzo de 2020), es sospechoso. Bueno eso nos dieron a entender los decretos del COVID, de Gaviria, de Uribe, de Santos y Duque y los recientes de Aureliano.
Luego se revisa el articulado para buscar el tipo de caligrafía que la ley ordena utilizar al llenar espacios del formato y tampoco encuentra norma que diga algo:¿enArameo?¿En Arial?, ¿en calibri?¿engótica?¿Qué hacer entonces con los acuciosos, Ever Javier y con mi paisano Oliverio Castellanos?
Hay más inquietudes, relativas al girador. ¿De dónde obtuvo Ever Javier tamaña suma para especular rentando,si estos tiempos no dan para ganar dos cominos?
La tempestad creada con la gira de cuatro días del alcalde por Europa no pasa de una leve aspersión de agua bendita en días santos, que no moja y sí reseca.
Porque el Concejo ya estaba fuera del cuento por disposición de la ley, y el Gobernador tenía el mango de la sartén. Siotorgó el permiso, lo hizo dentro de sus funciones excepcionales y punto.Además, ir a Europa no es ir a “La Donjuana”, ni al páramo de Berlín. Lo demás es hilar delgado.
El Domicilio de EFC Service Gmb está en Krefelder Street, 342, Viersen- Nord Rhein- Westfalen, Alemania.
Ahora bien,a los primíparos de Unilibre-Cúcuta de Derecho Internacional privado, les enseñamos conforme a La Convención Interamericana de Derechos, que los parámetros del Domicilio Internacional son múltiples y se determinan por los siguientes factores:
1) el lugar de la residencia habitual o el lugar del centro principal de sus negocios; 2) en ausencia de estas circunstancias, se reputará como domicilio, el lugar de la simple residencia; y 3) en su defecto, si no hay simplemente el del lugar donde se encontrare.
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