“Es calumnia”
La Opinión logró ponerse en contacto con el rector del Colegio San José de Cúcuta, José Edinson Camargo, quien manifestó que está enterado de esta denuncia y que, en los próximos días, entregará una declaración oficial con las pruebas pertinentes para aclarar la situación.
El directivo precisó que, están atendiendo la denuncia y “muy seguramente procederemos a hacer una demanda por injuria y calumnia”, pues señala que no solo están afectando su buen nombre sino también el de muchos integrantes de la comunidad educativa.
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La Opinión intentó obtener respuesta desde el despacho de Educación, pero al cierre de esta edición no se obtuvo ninguna declaración, sin embargo, se tiene conocimiento de que la secretaría ya tiene en trámite el proceso.
No está permitido
La Opinión consultó con Eduardo Parra, presidente de la Liga Municipal de la Asociación de Padres de Familia de Cúcuta (Asopadres), quien señaló que, aunque no tienen conocimiento oficial de esta denuncia, dichos cobros se han convertido realmente en un “negocio”.
“Legalmente, los únicos grados autorizados son los de once, esos grados de prescolar a primero, de quinto a sexto y de noveno a once son inventos de los rectores y los colegios”, dijo Parra.
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El representante de Asopadres sostuvo que esos reconocimientos son solo grados protocolarios y, por ende, los aportes de los acudientes y/o padres de familia para fotografías o diplomas, tendrían que ser voluntarios y no obligatorios.
Parra detalló que, aunque en algunos colegios lo hacen para estimular a los estudiantes, lo legalmente establecido es que a los jóvenes que culminan el grado noveno se les entregue solo el certificado de aprobación por si desean realizar alguna carrera técnica y/o continuar sus estudios de décimo y once en otro colegio.
“Los grados deben hacerse en los colegios, lo que pasa es que hay directivos que quieren ostentar y entonces piden cuotas adicionales, y a veces los padres de familia, aunque no tengan dinero, por no dejar a sus hijos como achantados o tristes, se someten a esos requerimientos”, apuntó Parra.
Señaló que son muy pocos los planteles educativos que se limitan a cumplir con lo establecido por la ley, destacando además que, a veces, los colegios no quieren que se constituyan las asociaciones de padres de familia, pues saben que son las encargadas de supervisar qué se está haciendo y/o exigiendo y pueden ponerle el freno a diferentes situaciones.
¿Qué dice la ley?
De acuerdo con el Decreto 4807 de 2011, parte del giro de los recursos del Sistema General de Participaciones para gratuidad educativa por parte del Ministerio de Educación Nacional a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones educativas estatales, se puede destinar a los “costos asociados al trámite para la obtención del título de bachiller”.
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La ley precisa que los rectores deben velar “porque no se realice ningún cobro por derechos académicos o servicios complementarios a los estudiantes matriculados en la institución educativa entre transición y undécimo grado, en ningún momento del año”.
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