La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Cúcuta
Nuevas medidas restrictivas por aumento de casos de COVID-19 en Cúcuta
Entre las medidas se establece el Pico y Cédula y el Toque de queda.
Authored by
Image
Web la Opinión
Web La Opinión
Viernes, 4 de Diciembre de 2020

La cantidad de casos de coronavirus en Cúcuta sigue aumentando dramáticamente, al igual que la cifra de muertes, razón por la cual  la Administración Municipal decidió decretar un paquete de medidas especiales en el municipio por el fin de semana.

Así las cosas, y según el decreto 0558 del 04 de diciembre de 2020, se determinó decretar la alerta roja en la red hospitalaria en el sistema de Unidades de Cuidados Intensivos (UCI), todo a raiz de la indisciplina con la que la ciudadanía se ha tomado el aislamiento selectivo.

De igual forma, queda restringida la realización de cirugías estéticas y cirugías que no sean de carácter urgente y no comprometa la vida del ciudadano, con el fin de no comprometer la capacidad hospitalaria y de UCI instalada  (actualmente con una ocupación superior al 90%).

Pico y Cédula sigue en pie

La medida de pico y cédula se seguirá manteniendo vigente; se tendrá en cuenta para realizar las siguientes actividades: Compras en supermercados y tiendas, adquisición y pago de bienes inmuebles, servicios profesionales, técnicos o servicios en general.

Asimismo, la utilización de servicios bancarios, retiros y pagos, tanto en bancos como en cajeros automáticos, casas de cambio, casas de empeño, etc. A esto se suma, la compra de bienes en todos los establecimientos de comercio.

De esta manera, los días terminados en número impar pueden movilizarse las personas con cédulas terminadas en número impar (1-3-5-7-9) y los días terminados en número par pueden movilizarse las personas con cédulas terminadas en número par (0-2-4-6-8).

De la medida se exceptúan las bienes de primera necesidad como lo son:  medicamentos, dispositivos médicos, atención médica y servicios de hospedaje.  De igual forma, al consumo en restaurantes, bares y gastrobares autorizados en el plan piloto, los cuales deberán permitir el ingreso cumpliendo con el aforo permitido que garantice el distanciamiento social.

Toque de queda

Del 5 al 8 de diciembre,  se declara toque de queda en toda la ciudad  de 10 p.m. a 5 a.m. del siguiente día. 

Solo podrán salir quienes estén dentro de las excepciones, como por ejemplo el personal de salud, seguridad y vigilancia. También estarán exceptuados aquellos ciudadanos que deban atender asuntos de fuerza mayor o caso fortuito, el cual deberán acreditarlo si la autoridad lo solicita

Venta de licor

Dentro de las medidas especiales está prohibir el expendido,venta y consumo de bebidas embriagantes dentro de los establecimientos de comercio autorizados entre las 10 p.m. hasta las 8 a.m., del siguiente día.  Incluyendo los servicios de domicilio y ventas en las plataformas digitales.

Atención al público

Los establecimiento de comercio podrán atender al público de forma presencial  de 5 a.m.  hasta las 10 p.m.,  después de la hora establecida,  seguirán prestando el servicio solo a tráves de domicilios y plataformas digitales. 

Se prohiben todo tipo de  eventos empresariales, eventos sociales, espectáculos en espacio público o cualquier clase de festejo que generen aglomeración y alto riesgo de contagio.

Visitas al alumbrado navideño 

Para realizar las visitas a los diferentes sectores de la ciudad donde se encuentran instalados los alumbrados navideños, los ciudadanos deben cumplir con todas las normas de bioseguridad: uso obligatorio del tapabocas, distanciamiento físico y aislamiento responsable en caso de presentar alguno de los síntomas asociados al virus.

Tránsito vehicular

Se prohibe el tránsito a partir de las 0:00 horas 7 de diciembre hasta las 0:00 horas del próximo 15 de diciembre,  en el siguiente perimetro:

1. Avenida 6 ente calles 7 y calle 10

2. Calle 8 entre avenida 5 y avenida 7.

3. Calle 9 entre avenida 5 y avenida 7.

4. Calle 10 entre avenida 6 y avenida 7.

A esta área solo ingresarán peatonalmente por ambos andenes.

De forma complementaria,  se prohíbe el uso, manipulación, venta, traslado,  fabricación, almacenamiento y quema de polvora y/o artefactos pirotécnicos.

 

 

Temas del Día