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¡Ojo! Cambios en el Pico y Placa y Placa Día de Cúcuta
Estos son los nuevos cambios en el Pico y Placa y Placa Día de Cúcuta que comenzarán a partir de este lunes. Conozca los detalles.
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Sábado, 27 de Abril de 2024

A pesar de que el alcalde de Cúcuta, Jorge Acevedo, aseguró que no tenían contemplado modificaciones en el Pico y Placa y Placa Día, este sábado se conoció el decreto por el que ahora los cucuteños y visitantes tendrán que verificar a la hora de circular con sus vehículos en las calles.

El decreto 0212 del 26 de abril, quedaron establecidos varios cambios significativos en el Pico y Placa, mediante la derogación del Decreto 0300 del 28 de febrero de 2019.

Algunas de las modificaciones tienen que ver con el perímetro dónde aplicará la medida y restricciones para la movilidad de los vehículos de servicio público.


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El nuevo perímetro es: Diagonal Santander, avenida 8, calle 1, avenida 10, Calle 17 y Avenida Cero.

De acuerdo con el decreto, la restricción se aplicará en franjas horarias específicas, determinadas por el último dígito numérico de la placa de Cúcuta y de los municipios del área metropolitana de la siguiente manera:

07:00 a.m.- 08:30 a.mm

11:30 a.m. - 2:30 p.m.

5:30 p.m. - 7:30 p.m.

El calendario de aplicación de la restricción será como se venía realizando:

Lunes: Últimos dígitos 1 y 2

Martes: Últimos dígitos 3 y 4

Miércoles: Últimos dígitos 5 y 6

Jueves: Últimos dígitos 7 y 8

Viernes: Últimos dígitos 9 y 0


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Placa Día

Las grandes modificaciones de esta administración tiene que ver con en el Placa Día, donde los vehículos de placa que no son de Cúcuta ni del área metropolitana, tendrán que regirse por esta medida, con la que se establece que no podrán circular en toda la ciudad con su vehículo desde las 7 a.m. hasta las 8:00 p.m.

Lunes: Últimos dígitos 1 y 2

Martes: Últimos dígitos 3 y 4

Miércoles: Últimos dígitos 5 y 6

Jueves: Últimos dígitos 7 y 8

Viernes: Últimos dígitos 9 y 0

Pero en este punto, la Alcaldía de Cúcuta incluyó a los vehículos de transporte público, donde los taxis tendrán al menos dos veces al mes, la restricción total de la movilidad, mientras que las busetas o colectivos de servicio público, será una vez al mes.

De acuerdo con el decreto, para los vehículos de transporte de pasajeros en la modalidad de servicio público de transporte individual taxi, será de 7:00 a.m. - 8:00 p.m.

Y para este lunes 29 de abril comenzará aplicarse para las placas terminadas en 4, mientras que para el martes 30, será para las de que culminan en 3.

La restricción para el mes de mayo, quedó establecida así:

Imagen eliminada.

 

En cuento a las busetas el Placa Día se llevará acabo así:

Imagen eliminada.

En este sentido, será la Secretaría de Tránsito y Transporte quienes fijen la secuencia de los días que tendrán restricción los vehículos en el Placa Día.

 


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