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Economía
¿Le tocará pagar impuesto por su pensión? Esto dice la reforma aprobada
Solo uno de cada cuatro ciudadanos en Colombia se pensiona y la mayoría lo hace con una mesada de salario mínimo.
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Leonardo Oliveros
Leonardo Favio Oliveros
Miércoles, 26 de Junio de 2024

El artículo 84 de la aprobada reforma pensional, el cual se refiere al tratamiento tributario, indica en el punto 5 que todas las pensiones, incluyendo las que perciban los colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta y serán gravadas las que excedan las 1.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

Esto significa que quienes reciban una mesada de más de $3.6 millones tendrán que declarar impuesto de renta.


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El director del Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, Javier Almanza, dijo a La Opinión que la proporción de la población que percibe más de $3.6 millones de pensión no equivale ni al 20% dentro del Sistema de Seguridad Social, pues, no se puede desconocer que la capacidad de ingresos de las personas no es muy alta, porque los sueldos en Colombia son bajos.

Añadió que existen pocas personas que puedan tener ingresos superiores o de 10 salarios mínimos, que eventualmente puedan marcar alguna diferencia, pero no la significativa.

El director del Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana, Oliver Pardo, indicó que, en el país, solo uno de cada cuatro ciudadanos se pensiona y la mayoría lo hace con una mesada de salario mínimo, por lo que la proporción de quienes logran una pensión de más de $3 millones es baja.


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Según datos del Sistema Pensional, en el país, 1,5 millones de jubilados reciben mesadas de entre $1 millón y $10 millones. Solo 16.000 personas tienen pensiones de $10 millones o más.

“Desde el punto legal, no queda claro si en la reforma pensional la exención sobre las 1.000 UVT es anual o mensual. En el Estatuto Tributario se dice que es una exención mensual. Seguramente, prima lo que diga esta norma sobre la tributación de las pensiones que lo que diga la reforma”, afirmó Oliver Pardo.

El economista manifestó que no va a haber ninguna tributación adicional a las pensiones y seguirá manteniéndose la exención sobre 1.000 UVT mensuales. 

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Sin embargo, si esa exención fuera anual, las mesadas que tributarían serían aquellas por encima de los $8.5 millones, porque, no solo una parte exenta daría alrededor de $3 millones mensuales, sino que, además, hay un porcentaje de ingresos ($5.5 millones) que tributa a una tasa marginal del 0%.

“Pero eso es completamente intrascendente, porque en el Estatuto Tributario está muy claro que la exención  es de 1.000 UVT mensuales; en la reforma pensional quedó ambiguo y, seguro, eso no entra en contradicción con lo que ya está en el estatuto”, añadió el director del Observatorio Fiscal.


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¿Medida desesperada?

Para el experto laboral Javier Almanza, este punto de la reforma es un desacierto y una medida desesperada del Gobierno, con una intención de recaudo, inicialmente. 

El profesor expresó que es importante considerar que la pensión, originalmente, no debe ser gravada, toda vez que la misma, si bien es un ingreso al patrimonio de un trabajador, no es un derivado de ningún tipo de rendimiento o de utilidad.

“Es una retribución compuesta para una persona que ha cumplido los requisitos de ley para obtener una pensión. Así, el impuesto a una pensión no es válido, constitucionalmente. Consecuencia de este escenario sería objeto de que lo puedan demandar ante la Corte Constitucional, la cual ya se ha pronunciado al respecto de manera positiva, respetando la naturaleza y neutralidad de la pensión libre de gravamen”, concluyó el académico de la Unirosario. 


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