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Tenga en cuenta las medidas que tendrá Cúcuta para la jornada electoral el 29 de mayo
Conozca las medidas correspondientes para la conservación del orden público en las elecciones presidenciales, que se desarrollarán este fin de semana.
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Jueves, 26 de Mayo de 2022

La Alcaldía de Cúcuta emitió el Decreto 137, en el que se establecen las prohibiciones y restricciones que regirán en la capital del departamento durante la jornada electoral del próximo 29 de mayo.


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Prohibiciones

  1. Se prohíbe el porte de todo tipo de armas contundentes (instrumento y acto que producen contusión o golpe), cortocontundentes (instrumentos que contienen una hoja de metal con bordes semirromos), cortopunzantes, punzantes (armas blancas o de herramientas que pueden ser usadas como tales) y similares que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas a partir del viernes 27 de mayo hasta el miércoles 1 de junio de 2022.

  2. Se prohíbe el tránsito de parrillero hombre o mujer a partir de las 6:00 p.m. del 28 de mayo de 2022 y hasta las 6:00 a.m. del 30de mayo de 2022.

  3. Se prohíbe el transporte y disposición de escombros en las vías públicas, inmuebles y lotes particulares, así como el transporte de trasteos y acarreos, en el Municipio de Cúcuta, a partir de las cuatro de la tarde (4:00 p.m.) del día sábado 28 de mayo hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día lunes 30 de mayo.

  4. Se prohíbe el expendido y consumo de bebidas alcohólicas (Ley seca) desde las cuatro de la tarde (4:00 p.m.) del día sábado 28 de mayo hasta las doce del día (12:00 m.) del día lunes 30 de mayo, para la primera vuelta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código Electoral, con el fin de mantener o restablecer el orden público.

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También, según se ha establecido en contiendas anteriores, se restringe todo tipo de propaganda política, entre ellas manifestaciones, comunicados, entrevistas y publicidad. Quienes infrinjan estas normas se exponen a las sanciones establecidas.

Durante la jornada electoral

Para el día de las elecciones el elector puede portar un (1) elemento de ayuda, el cual deberá tener como medida máxima 10 centímetros por 5.5 centímetros, portado en lugar no visible, con el fin de poder identificar el partido, movimiento, grupo o candidato por quién votará.

La fuerza pública vigilará el traslado del material electoral inmediatamente después de terminado el escrutinio en las mesas de votación a las comisiones escrutadoras en Cucuta.

Si las condiciones de seguridad y orden social lo ameritan, las medidas anteriormente señaladas, podrán ser extendidas hasta por 24 horas más, según las autoridades correspondientes.

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