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Judicial
Tribunal modifica sentencia de homicidio por feminicidio
Carnicero que mató a  su expareja pagará 47 años de cárcel.
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Hugo González Correa
Sábado, 27 de Junio de 2020

De 45 a 47 años de cárcel fue modificada la sentencia en contra del carnicero Giovanny Alexis Ortiz Anaya por matar a cuchilladas a su expareja Leidy Lorena Flórez Manrique. En una decisión sin precedentes, el Tribunal Superior de Cúcuta consideró que se trató de un claro caso de feminicidio y no de un  homicidio, como se condenó en primera instancia.

Los hechos se remontan al 23 de agosto de 2017 en el barrio Sevilla, cuando Ortiz llegó a la 1:30 de la tarde a la casa de Leidy Flórez (cercana a donde él residía con una tía) y le pidió que hablaran frente a la vivienda. Momento que fue aprovechado para atacarla con el cuchillo de su trabajo, propinándole 15 heridas que acabaron con su vida, tras destrozarle el abdomen.

Francisca Hermelina Manrique Alfonso, madre de la joven, fue también agredida en el momento en que salió a defenderla. Todo ocurrió en presencia de uno de los dos hijos de la expareja y del actual novio de la mujer.

Al día siguiente, el carnicero fue presentado ante el Juzgado Segundo Penal Municipal de Garantías que legalizó su captura y le impuso medida de aseguramiento en prisión por feminicidio agravado y tentativa de homicidio agravado. El 19 de abril de 2018, la Fiscalía presentó el escrito de acusación en su contra ante el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cúcuta, dando inicio al juicio oral y probatorio.

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En el transcurso de las audiencias, los testigos traídos a juicio por parte de  la Fiscalía evidenciaron los problemas de convivencia y maltratos físicos y sicológicos a que fue sometida Leidy Lorena durante su convivencia y posterior separación con el procesado, dejando claro que se cumplió un ciclo de violencia, que antecedió al crimen. Además, de una serie de amenazas como “si no es para mí, no será para nadie”.

Para agosto de 2019, Ortiz Anaya fue escuchado en la etapa final del proceso, donde la estrategia de su defensa se centró en demostrar que su cliente actuó en un acto de ira e intenso dolor, al descubrir a su excompañera en los brazos de otro hombre, desvirtuando el feminicidio, (delito de mayor gravedad y sin ningún tipo de beneficios).

En la versión entregada ante el estrado, el carnicero  aseguró no acordarse de lo ocurrido y se mostró arrepentido al punto de sollozar con cada palabra que pronunciaba.

Cambio de delito

 Ante el ataque violento, la mujer le suplicó a gritos que no la agrediera más. En ese instante, su mamá salió a defenderla, pero el agresor no dudó en atacarla a cuchillo también. De la relación sentimental entre Giovanny y Lorena quedaron 2 hijos menores de edad. Su abuela está al cuidado.  

Para ese día, el togado sorprendió al público asistente al considerar que Ortiz Anaya no sería condenado por feminicidio sino por homicidio (ambos agravados), porque en su concepto no se demostró dicho ciclo de violencia por parte del ente investigador para enmarcarlo en la Ley 1761, conocida como Rosa Elvira Cely (feminicidio).

“En criterio de este fallador, este caso no encaja en el delito de feminicidio. Este despacho echó de menos (en el material probatorio) la situación del ciclo de violencia en cualquiera de sus modalidades (física, sexual, sicológica o patrimonial)”, señaló el juez.

Dada la sentencia a 45 años de prisión, el 12 de septiembre de 2019 la decisión fue apelada por el abogado del procesado (solicitando una rebaja de la tercera parte de la pena).

El delegado de la Procuraduría y la defensa de Leidy Lorena Flórez , asumida por la Corporación Feminista Mujer Denuncia y Muévete, también apelaron, sustentando el feminicidio y no otro delito.

El Tribunal

Estudiado el caso, por los   magistrados de la sala penal del Tribunal de Cúcuta, estos  consideraron que el delito cometido por el carnicero estaba enmarcado en una de las causales para la concurrencia de feminicidio en que existan antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza en el ámbito doméstico, familiar, laboral o escolar en contra de la víctima o de violencia de género cometida por el autor contra la víctima, independientemente de que el hecho haya sido denunciado o no.

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“En este caso se demostró que la muerte de Leydi Lorena no fue un acto aislado, sino que se dio luego de un complejo marco de prácticas de sometimiento de género por parte de Giovanny Alexis. Amenazas, malos tratos y violencia que contrario a lo decidido (en primera instancia), para esta sala penal sí tienen la capacidad de mostrar que su acto fue ejecutado por razones de género al decidir suprimir la vida de la mamá de sus hijos (…) Le asiste razón a la abogada de víctimas y el ministerio público impugnantes”, señaló el Tribunal.

Para el equipo de magistrados no hubo ira e intenso dolor por parte del condenado, porque en el transcurso del juicio se evidenció que el carnicero ya  conocía sobre la relación que su expareja mantenía con un nuevo hombre, así que este hecho no lo tomó por sorpresa aquella tarde.

“El testimonio del procesado no ofrece credibilidad alguna. Primero, dijo que nunca golpeó a Leydi Lorena, pero se demostró todo lo contrario. Segundo, que le ofreció todo lo que ella y sus hijos necesitaban, pero se demostró que siempre estuvo demandado por alimentos y nunca respondió las citaciones”, agrega un aparte de la nueva sentencia, que lo condena por feminicidio agravado y tentativa de homicidio agravado.

 Este es el cuchillo con el que fue atacada Leidy Flórez. 

Las declaraciones

A pesar de que los familiares de Flórez, en cabeza de su mamá como principal testigo de los hechos y conocedora de la relación de  su hija con Giovanny Alexis, nunca dudaron en afirmar que él la golpeaba y maltrataba, el procesado negó cualquier tipo de violencia intrafamiliar y justificó su accionar tras sorprenderla con otro hombre y ser rechazado por ella.

Según su testimonio, la relación siempre fue estable y cariñosa, hasta el último momento, a pesar de que su exsuegra lo rechazaba por la diferencia de edad con su hija (6 años) y no les permitía que vivieran juntos.

Sin embargo, para la Fiscalía fue claro que este hombre, carnicero en un supermercado del barrio Gaitán, no tenía una relación actual con la mujer y planeó su muerte.

“Si la relación era estable y no le pegaba a Leidy, ¿por qué la mamá se iba a oponer?”, se preguntó la Fiscalía en una de las audiencias.

Según sus familiares, Leidy Lorena denunció a su agresor tres meses atrás, luego de que la golpeara. Sin embargo, el procesado insistió en que fue mentira. “No sabemos qué pasó con esa medida de protección. Qué pasó con la entidades encargadas de protegerla”, se preguntó para entonces  Alejandra Vera, coordinadora de la Fundación Red de Mujeres Víctimas y Profesionales.

"Hoy esta sentencia nos sirve como precedente no solo en Cúcuta sino en el país, para dejar claro que la violencia contra las mujeres es  inaceptable, y se debe evitar a toda costa su existencia y perpetuación”,Corporación Feminista Mujer Denuncia y Muévete, que acompañó el caso hasta el Tribunal.

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