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Política
Confirman la victoria de Juan Felipe Corzo como representante a la Cámara
La diferencia entre el congresista y su compañero de lista, Juan Carlos Capacho, se amplió a 76 votos, después de ser apenas de siete votos.
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Lucy Araque
Lucy Araque
Sábado, 2 de Septiembre de 2023

Año y medio después de la disputa que quedó servida por la quinta curul de la Cámara de Representantes en Norte de Santander, tras las elecciones legislativas de 2022, el Consejo de Estado entregó finalmente esta semana el veredicto sobre el acreedor de la credencial asignada al Centro Democrático.


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En un fallo de única instancia, el alto tribunal resolvió negar la petición que se había hecho de declarar nula la elección de los cinco representantes elegidos por el departamento, así como la cancelación de las credenciales y la realización de un nuevo escrutinio.

De esta forma, quedó ratificada la victoria del representante Juan Felipe Corzo sobre el excandidato Juan Carlos Capacho, a quienes los separaban tan solo siete votos.

Durante el análisis de las dos demandas interpuestas en agosto del año pasado y que fueron acumuladas en un solo proceso, esta diferencia, incluso, terminó ampliándose en favor de Corzo, quien finalmente quedó con 19.044 votos, al sumar 36 más en las correcciones hechas a los resultados. Capacho, por el contrario, perdió 33 votos y quedó con un total de 18.968 tarjetas marcadas a su favor.

Así las cosas, de siete votos que desataron la puja entre los dos candidatos del Centro Democrático, la distancia se amplió a 76 votos.

Imagen eliminada.

“Al comparar los anteriores resultados con los reportados por el acto acusado, se concluye que no se presentaron cambios en cuanto a la asignación de las curules, es decir, las irregularidades advertidas no tienen la incidencia necesaria para cambiar el resultado, por lo que se negará la pretensión anulatoria principal”, concluyó el Consejo de Estado.


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Los promotores de las dos demandas que llegaron al alto tribunal y que buscaban dejar sin efecto la elección no solo de Juan Felipe Corzo, sino de los cinco elegidos, alegaban que esta debía declararse nula porque se habría presentado falsedad de documentos electorales, falsa motivación e infracción de la Constitución Política y del Código Electoral.

“(...) se incurrió en falsa motivación y en falsedad, porque respecto de las mesas que se relacionan en el siguiente párrafo, se presentaron recuentos de votos en las comisiones auxiliares o municipales no zonificadas, que válidamente dieron lugar a la corrección de la información que originalmente fue consignada en los formularios E-14”, advertía una de las demandas.

En esta se agregaba que: “No obstante, los delegados del CNE en el departamento de Norte de Santander, mediante las resoluciones que a continuación se identifican, omitieron y/o desconocieron el recuento efectuado, y por consiguiente, le dieron validez a los datos inicialmente consignados, es decir, los registrados en los formularios E-14 antes del recuento”.

Sin embargo, al hacer la revisión del caso, los magistrados encontraron que de las irregularidades denunciadas, “se acreditaron las atinentes a la falta de resolución de algunas peticiones de saneamiento y el análisis de otras con falsa motivación, que conllevaron a que la Sala emprendiera su estudio de fondo y, por consiguiente, a que se incluyeran los registros sobre los que versaron en el examen de diferencias entre los formularios E-14 y E-24 identificadas en el presente proceso”.

En ese sentido, el Consejo de Estado decidió anular algunas decisiones que ya se habían tomado previamente, como, por ejemplo, unas del Consejo Nacional Electoral mediante las cuales se resolvió no reponer los recursos de apelación interpuestos por Corzo en el escrutinio departamental.

De la misma forma, otras que rechazaron las solicitudes de saneamiento frente a “diferencias injustificadas”, entre algunos formularios electorales.

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