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Confirman la salida de Ramiro Suárez Corzo de la JEP
El exalcalde de Cúcuta estaba dando la batalla por reversar la decisión que se tomó en marzo de 2021.
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Categoría nota
Martes, 25 de Octubre de 2022

La última carta que se había jugado el exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, para no quedar fuera de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y poder acogerse así a los beneficios de esta justicia transicional no le resultó a su favor.


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Suárez fue aceptado allí en 2019, de manera provisional, por el caso del veedor ciudadano Pedro Durán Franco, de cuyo homicidio es señalado como presunto determinador, y tenía una solicitud de sometimiento voluntario en trámite por la muerte del exasesor de la Alcaldía Alfredo Enrique Flórez, por la que ya paga una condena de 27 años de prisión.

Sin embargo, en marzo de 2021, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas decidió no solo negar la petición del exmandatario, sino que revocó el sometimiento que le habían concedido, luego de determinar que no cumplió de manera eficiente con los compromisos y aportes para el esclarecimiento de los hechos que lo comprometen.

El exalcalde, quien se encuentra en Cúcuta desde agosto pasado cumpliendo su condena, decidió apelar la decisión y solicitar que esta fuera anulada, alegando una aparente vulneración al debido proceso y una errónea valoración de las pruebas, pero ese recurso también fue fallado en su contra, confirmándose así su salida definitiva la JEP.


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Aun así, los abogados de Suárez Corzo resolvieron seguir peleando su estadía en dicha justicia y fue por eso que presentaron un recurso de “reposición contra la apelación”, el cual les fue negado en los últimos días, por cuanto la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz consideró que era totalmente improcedente.

En el auto que dejó en firme la expulsión del exalcalde ya se había dejado constancia de que contra dicha providencia no procedía recurso alguno.

La Opinión consultó con algunos expertos sobre el camino que le queda a Ramiro Suárez ante esta decisión y lo que indican es que el exgobernante podría solicitar una aclaración, aunque esta no cambiaría en nada el curso de la misma, y hasta una tutela.

Estos fueron los argumentos para confirmar su salida

Desde que la JEP decidió conocer la solicitud de sometimiento que presentó el exalcalde de Cúcuta, en mayo de 2018, le había advertido que una de las prioridades era presentar un compromiso claro, concreto y programado de aportes a los derechos de las víctimas.

Ramiro Suárez Corzo definitivamente quedó por fuera de la JEP./Foto archivo La Opinión

 

Y si bien la defensa de Suárez cumplió y el 29 de octubre de ese mismo año la justicia especial ya tenía en su poder un “proyecto de reparación”, este fue cuestionado desde entonces, puesto que no reunía ni las expectativas ni los requerimientos para garantizar su ingreso como un tercero civil en el marco del conflicto.

Fue así como la JEP resolvió condicionar su solicitud y en 2019 aceptó su sometimiento, pero solo por el caso del veedor Pedro Durán Franco y de manera provisional, hasta tanto presentara un compromiso “definitivo y satisfactorio”.


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“(…) por no cumplir a cabalidad y de buena fe con las condiciones de comparecencia voluntaria, la permanencia de Suárez Corzo en la JEP debería entenderse, necesariamente, como provisional, y quedar limitada a la oportunidad de corregir, por una última vez, el proyecto de CCCP (compromiso claro, concreto y programado), so pena de que la SDSJ decida rechazar su ingreso y ordene la reversión y remisión inmediata del asunto a la justicia ordinaria”, dijo en su momento la justicia especial.

Este último escenario fue el que se cumplió en el caso de Suárez, pues a pesar de tener una oportunidad más para hacer los ajustes que le pedían y que entre finales de 2019 y principios de 2020 sus abogados le entregaron a la JEP cuatro documentos denominados “primer aporte”, “segundo aporte”, “tercer aporte” y “cuarto aporte”, los magistrados que los estudiaron concluyeron que el compromiso de verdad sobre la muerte de Alfredo Enrique Flórez Ramírez y Pedro Durán Franco era “deficiente”.

“(…)  no ha superado el umbral de verdad alcanzado en la justicia ordinaria y, además, su autor se limitó a asegurar que fue condenado y acusado de forma injusta por los dos homicidios y a insistir en su inocencia con los mismos argumentos defensivos presentados ante la justicia ordinaria”, dice el auto que negó su permanencia en la JEP.


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Allí se agrega también lo siguiente: “Poco o nada aportó sobre los crímenes de Tirso Vélez y José Agustín Uribe Guatibonza en los que estaría implicado y tampoco se refirió a los patrones de macrocriminalidad de cooptación por las autodefensas de las autoridades de Norte de Santander”.

En lo que tiene que ver con los programas que ofreció para la reparación a las víctimas, la Sala de Justicia encontró que algunas propuestas eran “etéreas, otras imprecisas o incoherentes y otras revictimizantes”.

Al resolver el recurso de apelación que había presentado Ramiro Suárez, con el fin de reversar la decisión que se tomó de no aceptar la solicitud de sometimiento por el homicidio de Flórez Ramírez y revocar la que ya le habían aceptado provisionalmente por el caso de Durán Franco, la Sección de Apelación decidió confirmar esta decisión y señaló que “de esta manera, concluye la permanencia del señor Ramiro Suárez Corzo en el Sistema Integral de Paz”.

Ramiro Suárez fue condenado por el homicidio de Alfredo Enrique Flórez y acusado por el del veedor Pedro Durán Franco./Foto archivo

 

Caso de Pedro Durán regresa a la justicia ordinaria

Al echar para atrás la petición que había elevado el exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, de someterse a la JEP por la muerte del exasesor de la Alcaldía Alfredo Enrique Flórez y la aceptación provisional por el caso del veedor Pedro Durán Franco, la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz ordenó devolver los expedientes a la justicia ordinaria.

“Así, el proceso que dio lugar a la Condena 1 (Flórez)  volverá al Juzgado 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para que este retome la vigilancia de la condena. El trámite que dio lugar al Proceso 1 (Durán Franco), retornará al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga para que reanude la etapa del juicio”, dice el auto de la JEP.


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Como lo ha contado La Opinión, el proceso penal que se sigue contra el exalcalde por este último caso, perpetrado el 12 de agosto de 2003, quedó paralizado desde 2017, un poco antes de que Suárez pidiera pista en la Jurisdicción Especial para la Paz.

Lo último que se supo de este proceso, en junio de 2017, fue que las audiencias de la etapa probatoria quedaron suspendidas porque Suárez le revocó el poder al abogado que lo estaba defendiendo y pese a que la justicia le ofreció un defensor público, nunca dio respuesta. Esto, por cuanto ya venía preparando su estrategia para el ingreso a la justicia especial.

Por estos hechos, el exalcalde ya había sido llamado a juicio en 2013, luego de que el Tribunal Superior de Bogotá dejara en firme la acusación proferida en su contra por un fiscal de derechos humanos,  tras considerarlo presunto determinador de la muerte de Durán Franco.

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