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Duque firmó decreto de subsidios para empresas que generen empleos juveniles
Con este anuncio se reglamenta el subsidio de 25% de un salario mínimo que pagará el Estado a los empresarios y cooperativas.
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Colprensa
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Sábado, 30 de Octubre de 2021

El presidente de la República, Iván Duque Márquez firmó el Decreto 1399 del 29 de octubre de 2021, en el cual se reglamenta el subsidio de 25% de un salario mínimo que pagará el Estado a los empresarios y cooperativas que generen nuevos empleos para colombianos entre 18 y 28 años, así como los beneficios para mayores de 28 años.

Esta norma amplía lo establecido en el Decreto 688 del 24 de junio de este año, en el cual se determinó el subsidio para la generación de empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de la Estrategia Sacúdete.

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Sin embargo, el nuevo Decreto ya no se focaliza únicamente en la Estrategia Sacúdete y se refiere, específicamente, a la generación de nuevos empleos que “correspondan a jóvenes entre 18 y 28 años de edad” para lo cual “el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente a 25 por ciento de un salario mínimo legal mensual vigente por cada uno de estos trabajadores adicionales”.

"Con MinTrabajo anunciamos que ampliamos el programa para empleo joven con subsidios de un salario mínimo, equivalente a la seguridad social, de 10% para hombres y 15% para mujeres mayores de 28 años. Así, enfrentamos el desempleo joven. #ReactivaciónEconómica”, manifestó el mandatario a través de su cuenta de Twitter.

En este sentido, el Decreto 1399 establece que “tratándose de trabajadores adicionales que no correspondan a los jóvenes a que hace referencia el numeral anterior, que devenguen y por tanto coticen hasta tres salarios mínimos mensuales legales vigentes, el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente a 10% de un salario mínimo legal mensual vigente por cada uno de estos trabajadores”.

Asimismo, se determina la temporalidad de este beneficio, para el cual la norma establece que “el incentivo a la generación de nuevos empleos entrará a regir desde la promulgación de la Ley 2155 de 2021 (Ley de Inversión Social) y hasta agosto de 2023. El empleador solo podrá recibir dentro de la vigencia de este incentivo, un máximo de doce pagos”.

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En este sentido, el Decreto 1399 establece que “tratándose de trabajadores adicionales que no correspondan a los jóvenes a que hace referencia el numeral anterior, que devenguen y por tanto coticen hasta tres salarios mínimos mensuales legales vigentes, el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente a 10% de un salario mínimo legal mensual vigente por cada uno de estos trabajadores”.

Asimismo, se determina la temporalidad de este beneficio, para el cual la norma establece que “el incentivo a la generación de nuevos empleos entrará a regir desde la promulgación de la Ley 2155 de 2021 (Ley de Inversión Social) y hasta agosto de 2023. El empleador solo podrá recibir dentro de la vigencia de este incentivo, un máximo de doce pagos”.

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