La nueva resolución del Ministerio de Transporte, que busca reducir las muertes y lesiones de gravedad que involucran a usuarios de motocicletas, comenzará a regir desde el 23 de enero.
Para Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, esta nueva resolución es un aporte "valioso al trabajo que se viene desarrollando desde la entidad para proteger la vida de los motociclistas en la vía". El funcionario señaló que se trata de un ejercicio que está alineado con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la necesidad de contar con normas enfocadas a la calidad y el uso adecuado de cascos para motociclistas.
“Con esta Resolución se busca que los motociclistas y sus acompañantes cumplan con unas condiciones mínimas al momento de utilizar el casco. Esto, sumado a la calidad del producto, garantiza que el desempeño del casco protector puede evitar o mitigar lesiones craneoencefálicas que el usuario pueda sufrir en caso de un siniestro vial", dijo Lota.
El funcionario dejó en claro que la nueva resolución no quiere decir que los motociclistas tengan que cambiar su actual casco de protección, pero sí se recomienda hacer el cambio cuando el casco haya sufrido golpes considerables, se encuentre en mal estado o el sistema de retención (la forma como se sujeta el casco a la cabeza) presente daños o averías que no permitan asegurarlo de manera adecuada.
Esta Resolución complementa el Reglamento Técnico para la fabricación, importación y comercialización de cascos contenido en la Resolución 1080 de 2019. Las dos disposiciones contienen las condiciones mínimas que los motociclistas deben tener en cuenta al momento de circular en las vías.
La resolución 1080 de 2019 establece las condiciones para la fabricación, importación o comercialización de cascos para motociclistas. Sus disposiciones, más que a los usuarios, van dirigidas a los fabricantes y a organismos que pueden vigilarlos como la DIAN, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y los Alcaldes Municipales.
La nueva resolución va dirigida más a los usuarios y establece las tres condiciones mínimas para que los motociclistas, tanto conductores y acompañantes, hagan un uso correcto de este elemento de protección.
Lota recordó que es recomendable que los motociclistas siempre verifiquen que su casco cumpla con estándares de calidad, que mantengan limpio y desinfectado el interior y exterior, que no sea expuesto a golpes considerables, por ejemplo, caídas desde la altura de la silla de la motocicleta. Además, deben conocer la medida del perímetro del cráneo y usen cascos de la talla correcta.
En la reglamentación se habla de una 'triada', que es la aliada de los motociclistas al usar el casco: calidad, talla y uso correcto.
"En la calidad se recomienda usar cascos certificados, y mantenerlos en buen estado, no dejarlos caer, no dejar que se raye el visor, entre otras cosas. La talla es muy importante para que el casco proteja al usuario, y el uso correcto consiste en seguir las tres condiciones de obligatoriedad.
Según las cifras del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, en 2019 fallecieron en Colombia 6.826 personas en siniestros viales. Los usuarios de motocicleta son quienes mayor participación tienen, con un total de 3.666 registros, que representan el 53,71% del total. Los siguen los peatones, con el 25,59% de los casos, y usuarios de vehículo, con el 13,26%.
El 32,4% de los casos de muerte de los usuarios de motos fueron causados por trauma craneoencefálico, de ahí que los motociclistas pasaron de representar el 24% de las fatalidades en el tránsito durante 2004, a cerca del 54% en 2019.
El reporte más reciente da cuenta que el trauma craneano representa el 32,4% de fatalidades de usuarios de moto, mientras que el politraumatismo un 58%. Según la OMS, los cascos son efectivos en reducir lesiones en la cabeza de los motociclistas en 69% y de muerte en un 42%.
Para el organismo internacional de salud, es claro que un país tiene un buen marco normativo de casco cuando se imponen tres condiciones: el uso obligatorio del casco para conductores y acompañantes, el uso obligatorio en todas las vías del país, y el uso obligatorio en cualquier cilindraje de motocicleta.
Sanciones
Las sanciones que establece la resolución corresponden a las ya definidas en la Ley.
Los conductores y acompañantes que no acaten lo previsto en el documento incurrirán en las sanciones previstas en el literal c del artículo 131 de la Ley 769 de 2002, que corresponde al pago de 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes.
Eso sin contar que, además, el agente de tránsito estará en la potestad de inmovilizar la moto en el momento que el conductor o su acompañante no porten el casco mientras el automotor está en movimiento.
Lo que dice el gremio
Para Miguel Andrés Forero, presidente de la Fundación SOS Motocultura, la nueva resolución cumple una función muy importante en materia de seguridad, pero hay puntos que pueden generar alguna confusión.
"Estamos de acuerdo con la seguridad vial. La gente debería tener muy buenos cascos y que cumpla las normas técnicas que promueve la agencia de seguridad vial", dijo Forero, pero añadió que falta pedagogía sobre el uso correcto de los cascos.
"Hay confusiones grandes con el tema de elementos de comunicación. Por ejemplo hablan sobre el uso del celular manos libres o elementos de ese tipo, existen intercomunicadores, nos preocupa que la Policía de Tránsito interprete como una falta al código de tránsito. Nos preocupa todo lo relacionado con la inmovilización de las motos, creemos que debería haber un cambio en el Código Nacional de Tránsito", aseguró Forero.
Y añadió: "nos preocupa el tema de multas, que habrá más razones para perseguirnos y poca socialización del tema".