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¿El documento del Acuerdo Final contiene todo lo que se va a hacer en el posconflicto? 
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Lunes, 29 de Agosto de 2016

El pasado miércoles 24 de agosto el Gobierno Nacional presentó públicamente en la Plaza de Bolívar, en Bogotá, en medio del jolgorio general, el llamado Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, y ante el hecho cumplido solo nos queda esperar que en realidad sea la totalidad del Acuerdo Final –como lo ordenó la Corte Constitucional en reciente fallo-, que se le facilite la pedagogía y comprensión a los miembros de diferentes etnias colombianas, para lo cual el Gobierno puede consultar el libro Lenguas indígenas de Colombia, del Instituto Caro y Cuervo, como también lo ordenó la Corte.

El Gobierno al fijar la fecha de dos (02) de octubre para realizar el plebiscito, prácticamente se ha dado un mes de plazo para hacer la traducción del Acuerdo Final, socializarlo y comprobar que las etnias lo entienden. Eso demuestra que si el requisito no se cumple el Príncipe sabe que nadie osará reprocharle, ni detener su embestida ni anular el tsunami plebiscitario. 

Así son los actos del presidente Juan Manuel Santos: impuestos. Alguna vez leí algo sobre un Consejo de Ministros en este gobierno y recordaba una anécdota del presidente Lincoln sobre una votación con sus siete secretarios –que aquí llamamos ministros-. Los siete secretarios votaron contra el parecer del presidente Lincoln y él dijo: “siete no, un sí, ganan los sí”. Es el régimen presidencial.

El 27 de octubre de 2014, el presidente Juan Manuel Santos empezó a dar pistas sobre algunos temas del desarrollo de las negociaciones en La Habana, y dijo claramente que los colombianos se deberán tragar algunos sapos en desarrollo del proceso de paz. Esa es precisamente nuestra labor en estos momentos críticos para la Patria: leer juiciosamente el documento extenso y descubrir los batracios de los que nos habló nuestro señor presidente, cualquiera que sea su especie o variedad y hacerlos públicos.

¿El documento del Acuerdo Final contiene todo lo que se va a hacer en el posconflicto? Pues vale la pena preguntarse:
 
Fue prudente hablar de una Comisión que defina los lineamientos del Estatuto de garantías a partidos de la oposición donde, se dice expresamente, estén Marcha Patriótica, Congreso de los Pueblos y expertos delegados de las Farc: tres personas distintas y un solo Dios verdadero. Lo cierto es que esos lineamientos hay que consignarlos de una vez, como cuando se redacta una reforma constitucional que define los “lineamientos generales” y luego la ley los desarrolla, pero no se debe dejar la puerta abierta.
 
Los medios de comunicación y columnistas quedan advertidos en el punto 3.4.5., donde se ordena crear un Cuerpo Élite en la Policía Nacional contra las organizaciones y personas que se opongan a la implementación de los Acuerdos de La Habana.
  
Finalmente, y hago de caja de resonancia, ¿es válido un documento firmado por Iván Márquez, Jesús Santrich, Pablo Catatumbo, Joaquín Gómez, etc., siendo que no son nombres inscritos en la Registraduría Nacional del Estado Civil, es decir, no existen para el Estado? Y si son seudónimos ¿deben cumplir los requisitos del decreto 1260 de 1970 para ser reconocidos legalmente? ¿Leguleyadas? No sé.

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