Desde este martes comenzó a regir el Decreto N°1408 de 3 de noviembre de 2021 emitido por el Ministerio de Salud, el cual establece la exigencia del carné de vacunación contra la COVID-19 a mayores de 18 años en ciertos sitios públicos y privados y da instrucciones para que las alcaldías velen por el cumplimiento de la presentación obligatoria de este documento o certificado digital de vacunación, que se puede descargar en mivacuna.sispro.gov.co.
Por ello, la Alcaldía de Cúcuta expidió el Decreto N°337 del 16 de noviembre de 2021, en el que se especifican los requerimientos que se deben implementar en el municipio y las entidades encargadas de vigilar el cumplimiento de estos.
El mandatario Jairo Yáñez manifestó que esta determinación del Gobierno Nacional es pertinente en este escenario que se vive en el municipio, en medio del aumento de casos de contagio.
“Invitamos a la población a seguir asistiendo a los puntos de vacunación para recibir las dosis correspondientes e implementar los protocolos de bioseguridad”, afirmó.
Sanciones
El incumplimiento de esta medida acarreará sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016:
- Amonestación
- Multa.
- Suspensión de la actividad comercial.
- Cierre de establecimiento.
La Alcaldía recalca que el carné debe exigirse en:
- Eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva mayor de 50 personas.
- Bares.
- Gastrobares.
- Restaurantes.
- Cines.
- Discotecas.
- Lugares de baile.
- Conciertos.
- Casinos.
- Bingos.
- Actividades de ocio.
- Escenarios deportivos cuando se adelanten eventos de asistencia mayor de 50 personas.
- Parques de diversiones y temáticos.
- Museos.
- Ferias.
El ministro de Salud, Fernando Ruiz, ha dicho que el objetivo de esta medida es tener lugares más bioseguros e impulsar la vacunación en los más jóvenes.
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