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Judicial
Volvió a caer Dimas Puerto en el barrio Santo Domingo de Cúcuta
La Brinho lo capturó por porte ilegal de armas.
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Jueves, 23 de Noviembre de 2023

Dimas Ernesto Puerto Medina es un presunto delincuente y criminal reconocido entre las autoridades por su trayectoria delictiva. Por eso, aunque él siempre ha logrado evadir la prisión, esta vez, volvieron a capturarlo para que responda a la justicia por porte ilegal de armas.

Según se conoció, la mañana de ayer, un grupo de la Brigada Interinstitucional de Homicidios (Brinho) llegó hasta la casa de Puerto, en el barrio Santo Domingo, en cumplimiento de una orden de allanamiento y luego de encontrarle un revólver, lo detuvieron y de inmediato fue trasladado a la Fiscalía.

El procesado quedó a disposición del ente acusador y al cierre de esta edición se esperaba que se cumplieran las audiencias de legalización de captura, imputación de cargos y medida de aseguramiento, a la espera de que un juez decida si lo envía a la cárcel.


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Imagen eliminada.

 

 

El prontuario

 

En septiembre de 2021, Puerto Medina recobró la libertad luego de estar preso, respondiendo por el homicidio de Manuel Eduardo Acevedo Castro, conocido como ‘Manuelito’, ocurrido la tarde del 15 de julio de 2020, en el barrio Las Colinas.

Una fuente judicial aseguró en ese momento que el crimen de Acevedo Castro se produjo en venganza por la muerte de un integrante de la familia Puerto, por lo que las autoridades avanzan en las pesquisas para seguir esclareciendo este hecho.

“Él (Puerto) fue el que condujo la motocicleta y el que disparó contra ‘Manuelito’”, dijo la fuente en ese momento.

Por eso, ocho meses después del crimen, las autoridades llegaron a la casa de Dimas Ernesto, donde se encontraba en detención domiciliaria por concierto para delinquir y le notificaron la imputación por homicidio, siendo enviado a prisión por un juez.


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En ese momento, el abogado José Ernesto Jaimes Chía, defensor de Puerto, asumió el proceso judicial y logró que el Juzgado Primero Penal Municipal con función de control de garantías ambulante de Cúcuta, ordenara la libertad inmediata de su defendido, bajo la figura de vencimiento de términos.

El abogado se basó en el artículo 317, en el numeral 5, del Código del Procedimiento Penal, en el que se argumenta que después de ser radicado el escrito de acusación contra el indiciado, y no se haya iniciado el juicio después de 120 días, el detenido debe quedar en libertad.

Dimas Puerto regresó a su casa para continuar en la medida domiciliaria que estaba pagando antes de ser enviado a la cárcel y ahora, nuevamente se enfrenta a la justicia.


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